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Titulaciones en Venezuela

1.1. Títulos:

Estudios de pre-Grado: conducen al título profesional de Licenciado o uno equivalente como por ejemplo: Abogado, Economista, Médico, Ingeniero, etc.

De Postgrado:

  • Especialización: Cuenta con evaluación final. Conduce al otorgamiento de un título de especialista, con especificación de la profesión o campo de aplicación.

  • Maestría: Conduce al otorgamiento de un título académico de magíster, con especificación precisa de una disciplina o de un área interdisciplinaria.

  • Doctorado: Busca aportes originales en un área de conocimiento mediante la elaboración de una tesis de doctorado de carácter individual bajo la supervisión de un director de tesis, y evaluada por un jurado. Dicha tesis conduce al otorgamiento del título académico de doctor.

1.2. Duración de los estudios:

La mayoría de los programas de estudio de pregrado tienen entre cinco y seis años de duración. Los de postgrado duran tres años.

1.3. Áreas educativas y Facultades:

Las universidades ofrecen estudios en todos los campos del conocimiento y a distintos niveles.

1.4. Funcionamiento de las universidades venezolanas:

- En Venezuela hay 3 tipos de centros de estudios universitarios:

  • Universidades Nacionales Autónomas: disponen de autonomía organizativa para dictar sus normas internas, autonomía académica para planificar, organizar y realizar los programas de investigación, docencia y de extensión que la propia institución considera necesario para el cumplimiento de sus fines; autonomía administrativa para elegir y nombrar sus autoridades y designar su personal docente, de investigación y administrativo; autonomía económica y financiera para organizar y administrar su patrimonio.

  • Universidades Nacionales Experimentales: instituciones creadas por el Estado venezolano con el fin de ensayar nuevas orientaciones y estructuras académicas y administrativas. Estas universidades gozan de autonomía dentro de las condiciones especiales requeridas por la experimentación educativa. Su organización y funcionamiento se establecen por Reglamento Ejecutivo.

  • Universidades Privadas: instituciones fundadas por personas naturales o jurídicas de carácter privado. Para poder funcionar requieren la autorización del Ejecutivo Nacional y sólo pueden abrir facultades y carreras que aprueba el C.N.U.

- Además, existen los denominados Institutos y Colegios Universitarios: Institutos Politécnicos, Instituto Pedagógico, Institutos Universitarios Tecnológicos, Colegios Universitarios, Institutos Universitarios Eclesiásticos, e Institutos Militares Universitarios.