Requisitos
para extranjeros en la entrada a Colombia
Documentos
Los siguientes documentos deben presentarse en el momento de la llegada o tramitarse los primeros días de ingreso al territorio colombiano: Pasaporte, documento de viaje o documento de identidad vigente, según sea el caso. Si es de nacionalidad chilena o ecuatoriana, basta la presentación del documento de identidad.
Visa
Se requiere visa correspondiente para los nacionales de: Cuba, India, Irán, Irak, República Dominicana, Nicaragua, China, Taiwan, Haití, Afganistán, Argelia, Corea del Norte, Eslovaquia, Jordania, Líbano, Libia, Marruecos, Pakistán, Palestina, República Checa, Siria, Sudán, Srilanka, Vietnam y Yemen. Los demás países no requieren visa de turismo. Es necesario llenar la tarjeta migratoria para efectos del registro correspondiente.
- Verifique que las autoridades migratorias coloquen
en el pasaporte el sello de ingreso y el término
de permanencia autorizado.
- Cédula de Extranjería.
- Si la persona es titular de una visa registrable,
es decir, una visa de residente, inmigrante o temporal,
con vigencia superior a seis (6) meses, debe tramitar
una cédula de extranjería. La persona
debe ser mayor de 18 años y debe presentarse
a la Dirección de Extranjería o direcciones
seccionales del DAS dentro de los 30 días calendario
siguientes a su ingreso al país, con la visa
o su otorgamiento.
(Si la persona cumple 18 años durante su estadía
en Colombia y posee visa registrable, debe llevar a
cabo el mismo procedimiento una vez alcance la mayoría
de edad).
- Tarjeta de Extranjería. Deben tramitarla los
menores de edad entre siete y 18 años de edad,
cumpliendo los siguientes requisitos: Presentación
del menor con su representante legal ante la Dirección
de Extranjería o dirección de seccionales
del DAS dentro de los 30 días calendario siguientes
a su ingreso al país, con la visa u otorgamiento.
(Si el niño cumple siete años, durante
su estadía, debe efectuar el mismo procedimiento
una vez alcance esta edad). Además, debe presentarse
los siguientes documentos: Pasaporte vigente y anteriores
si los hay, 4 fotos 3x4 de frente en blanco y negro,
cancelar las suma de $89.100 si la visa es de residente
y $66.800 si es temporal o inmigrante.
Puertos de entrada
- Puertos aéreos: Barranquilla, Bucaramanga,
Cali, Cartagena, Cúcuta, Leticia, Medellín,
Neiva, Pereira, Puerto Asis, Bogotá, San Andrés,
Santa Marta.
- Puertos Marítimos: Barranquilla, Buenaventura,
Cartagena, Riohacha, Santa Marta, San Andrés,
Turbo y Tumaco.
- Puertos Fluviales: Arauca, Leticia, Puerto Asis y
Puerto Carreño.
Prórrogas de permanencia en Colombia
Los requisitos
para obtener una prórroga de permanencia en el
país son: Presentarse ante cualquier dependencia
del DAS. Presentar pasaporte vigente. Diligenciar formulario
que se entrega en las ventanillas de las oficinas del
DAS.
Nota: Cada prórroga o salvoconducto para permanecer
o salir del país se otorga por un plazo máximo
de 30 días a la vez.
Salida del país
- Presentar el pasaporte o documento de viaje vigente,
donde conste que se encuentra en permanencia legal.
Si su nacionalidad es ecuatoriana o chilena debe presentar
el documento de identidad vigente y la tarjeta migratoria
que le fue entregada a su ingreso a Colombia.
- Cédula o tarjeta de extranjería si es
titular de una visa registrable.
- Salvoconducto válido para salir del país
cuando sea el caso.
- Si es menor de edad colombiano o extranjero, con domicilio
en Colombia, debe cumplir los requisitos establecidos
por el código del menor.
Seguro de salud
Si el extranjero no trae póliza de salud desde su país de origen debe adquirirla en Colombia. El costo aproximado de una póliza de medicina prepagada es de $143.000 (Sanitas International) mensuales. El extranjero debe presentar el pasaporte o cédula de extranjería.
Nota: Para que la póliza sea efectiva en el
mes corriente debe comprobarse en los primeros días
del mes.

