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Pasaportes y visados

Una persona que desee viajar a Japón como estudiante internacional debe completar los siguientes procesos:

  1. Obtener el permiso de ingreso de una institución japonesa (Instituto de Idioma japonés, Colegio Universitario, Universidad, etc.)

  2. Estar en posesión de un pasaporte en regla.

  3. Adquirir un visado en la embajada o en el consulado de su país de origen.

Dado que la regulación sobre pasaportes y visados puede cambiar, es aconsejable que te pongas en contacto con el consulado o la embajada de tu país. A continuación presentamos una tabla que resume los requisitos básicos:

 
Pasaporte
Visado
Billete de salida

Europa


No (1)

España

No (2)

Portugal

No (2)
Iberoamérica

Argentina

No (2)

Chile

No (2)

Colombia

No (2)

Costa Rica

No (2)

El Salvador

No (2)

Guatemala

No (2)

Honduras

No (2)

México

No (3)

República Dominicana

No (2)

Uruguay

No (2)

Resto de países


Estados Unidos


No(4)

Notas: (1) Varía según el país de procedencia.
(2) Para estancias menores de 3 meses.
(3) Para estancias menores de 6 meses.
(4) Para estancias menores de 90 días

Cada visado establece el Estatus de Residencia del visitante, que establece el tipo de actividades que podrá realizar en el país. En ocasiones las circunstancias personales cambian y se hace necesario un cambio de estatus de residencia que permita ampliar el tipo de labores que se puden desempeñar, el regreso temporal al país de origen o la ampliación de la estancia. Todo este tipo de decisiones implican la tramitación de diversos tipos de trámites.

Otro elemento que hay que tener en consideración es que en algunos casos se requiere un garante que avale al interesado en los trámites de ingreso, requisito fundamental para aquellos que deseen trabajar o alquilar una vivienda en Japón. Asimismo, todos los visitantes que vayan a permanecer más de noventa días en Japón deberán inscribirse en el Registro de extranjería, que les expedirá un certificado que actuará a modo de documento de identidad.